Alertan de crisis en el suministro agua potable en Ecatepec

Alertan de crisis en el suministro agua potable en Ecatepec Alertan de crisis en el suministro agua potable en Ecatepec
Foto: Freepik

El municipio de Ecatepec, Estado de México, enfrentó una crisis en el suministro de agua potable que se prolongó durante casi siete años. Más de un millón 600 mil habitantes dependieron de abastecimiento irregular, principalmente mediante pipas, y sobrevivieron con un volumen mínimo diario de aproximadamente 50 litros por hogar.

Esta situación motivó la intervención de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), que en enero de 2026 atrajo la revisión del expediente 869/2025 para determinar si se garantizaba el derecho al suministro mínimo vital de agua.

Suministro de agua en Ecatepec, una crisis de años

La SCJN exploró la constitucionalidad del denominado «mínimo vital», cantidad que la autoridad municipal estableció como suficiente para las necesidades básicas de cada familia. Este criterio se analizó en el contexto de la violación al derecho humano al acceso al agua, reconocido en la legislación nacional.

Advertisement

La controversia judicial se enfocó en la omisión del gobierno local para asegurar la provisión constante y suficiente del recurso hídrico, hecho que impactó a cerca de un millón de personas que habitan en distintos barrios y ejidos del municipio, incluidos los Ejidos de San Cristóbal, donde el abasto se restableció apenas en diciembre de 2025 tras años de escasez.

El análisis de la SCJN incluyó criterios jurídicos previos emitidos por tribunales colegiados, los cuales señalan que el derecho al suministro de un volumen mínimo vital no debe estar sujeto a condiciones arbitrarias ni restringirse sin justificación. El máximo tribunal revisó si las disposiciones legales y la actuación del ayuntamiento de Ecatepec respetaron este estándar, dada la prolongada falta del servicio regular y la interrupción programada durante 72 horas en varias colonias para enero de 2026.

Relevancia y alcance de la resolución judicial sobre suministro agua

El fallo de la Suprema Corte de Justicia de la Nación podría marcar un precedente nacional en materia de derechos humanos y gestión del agua. Además, la resolución atendió solicitudes de agrupaciones civiles y habitantes afectados que expresaron la imposibilidad de realizar actividades básicas como higiene personal, preparación de alimentos y consumo en condiciones adecuadas. La problemática reflejó la crisis hídrica en áreas urbanas densamente pobladas e impactó en indicadores sociales y de calidad de vida.

Antes de la intervención judicial, el gobierno local implementó algunas obras prioritarias para restaurar parcialmente el suministro, aunque el acceso seguía siendo limitado en ciertas zonas debido a la infraestructura insuficiente. El debate legal se centró en la obligación constitucional de los municipios para garantizar el acceso al agua potable como un bien público y derecho humano fundamental. Los documentos oficiales revisados por la SCJN destacaron que la ausencia prolongada del servicio vulneró derechos básicos previstos tanto en la Constitución como en tratados internacionales ratificados por México.

Contexto nacional y perspectivas del caso en Ecatepec

La crisis en Ecatepec forma parte de un fenómeno más amplio que afecta a diversas regiones en México, donde la distribución equitativa y suficiente del agua enfrenta retos técnicos, administrativos y financieros. La SCJN reconoció que su resolución responde a un mandato institucional para proteger el acceso al agua y asegurar su manejo sostenible conforme a parámetros establecidos en políticas públicas y normativas nacionales sobre el derecho humano al agua y saneamiento.

El caso de Ecatepec, con alrededor de un millón 600 mil personas en situación de vulnerabilidad por falta de agua potable, continuó en el escrutinio del máximo tribunal mexicano hasta finales del mes de enero de 2026. La revisión judicial incluirá la evaluación de las medidas adoptadas por la autoridad municipal y estatal para solucionar la problemática, así como el impacto de esas acciones en el cumplimiento efectivo del derecho al agua. La atención de la SCJN al expediente 869/2025 representa un paso relevante en la defensa jurídica del acceso a recursos hídricos en las zonas urbanas del país.

Fuente: Suprema Corte de Justicia de la Nación

Add a comment

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Advertisement